Protocolo Sanitario para la organización de rodeos FENARO, el cual corresponde e involucra a la CONFEDERACION DEL RODEO CHILENO
PASO A PASO
VUELTA A LA ACTIVIDAD DEPORTIVA FENARO.
. – A continuación, se distribuye protocolo sanitario para la organización de
rodeos FENARO, el cual corresponde e involucra a la CONFEDERACION
DEL RODEO CHILENO.
El presente protocolo tiene por objeto regular la forma en que se
realizará el retorno a la competencia en el Rodeo Chileno, con la
intención de mantener la salud, seguridad y bienestar de los jinetes o
deportistas y de todas las personas que trabajan directa e
indirectamente en las medialunas del país, cumpliendo con todas las
disposiciones sanitarias señaladas por la autoridad competente.
De igual forma, busca promover el bienestar y seguridad de los
caballos y novillos que participan en los Rodeos, entiéndase por esto,
todos los eventos deportivos organizados por los clubes y
asociaciones pertenecientes a la Federación Nacional de Rodeo y
Clubes de Huasos de Chile y a la Confederación del Rodeo Chileno.
Por último, se establecen las medidas sanitarias de prevención de
contagio en las instalaciones deportivas y los lineamientos de
actuación frente a un posible caso de COVID‐19 en dichos recintos.
En este contexto se establece como criterio principal y de estricta
observancia que cualquier actividad deportiva deberá realizarse sin
público, suspendiéndose el ingreso de visitas comerciales, abonados
y familiares de los jinetes, salvo que en este último caso formen parte
del equipo de los corredores o jinetes, y con una concurrencia máxima
de 50 personas si se realiza en una medialuna al aire libre y de 10
personas si se realiza en una medialuna techada. En el caso de los
recintos donde se encuentran ubicadas las medialunas, la cantidad de
personas no podrá sobrepasar el 25% de su capacidad. Esta
ocupación considera la totalidad de personas que concurren
simultáneamente en el mismo recinto, independientemente de la
función que cumplan en el evento.
En la medida que la autoridad sanitaria lo permita, la prohibición de
público y la capacidad de personas, tanto en la medialuna como en el
recinto, se irá adecuando a los nuevos rangos autorizados. La
Federación enviará periódicamente a todas las
asociaciones y clubes la actualización de esta medida según lo que
señale el Ministerio de Salud.
En el acceso al recinto de la medialuna, toda persona deberá entregar
una encuesta sanitaria que estará disponible con anterioridad y
además se controlará su temperatura. Lo anterior es requisito para
que pueda ingresar al recinto. La organización del
Rodeo será responsable de aplicar estas medidas y llevar un registro
de todas las personas.
No se permitirá ingresar al recinto a todas aquellas personas
consideradas población de riesgo por la autoridad sanitaria. La
Federación hará llegar periódicamente a todas las asociaciones y
clubes la calificación actualizada de dicha población según el
Ministerio de Salud.
Del recinto deportivo
Requisitos mínimos de funcionamiento durante el desarrollo de un evento
deportivo:
1. Se deben implementar todas las medidas necesarias para que los
asistentes mantengan un distanciamiento social de al menos 2
metros cuando no se está realizando la actividad deportiva (corridas),
incluidas marcaciones en el suelo en caso de ser necesario.
2. Será obligatorio el uso de mascarillas de todas las personas que
asistan al recinto, tanto deportistas como aquellas que se encuentren
cumpliendo funciones en el evento. Será responsabilidad del usuario
contar con ella en todo el recinto y en todo momento.
3. Debe existir un acceso único al recinto, con el fin de poder realizar un
control de temperatura de ingreso a todos los usuarios de las
instalaciones.
4. Será obligatorio disponer en cada recinto de insumos de higiene en
puntos estratégicos y de fácil acceso, como baños, oficina de
inscripciones, etc. Para tal efecto, se deberá contar con alcohol gel y
jabón, que permitan un lavado de manos adecuado y frecuente por
un periodo de tiempo de a lo menos 30 segundos.
5. Se deberá limpiar frecuentemente las superficies usadas por las
personas.
6. Se deberán tomar todas las medidas para mantener el
distanciamiento social acorde a lo determinado por las autoridades
sanitarias y el distanciamiento deportivo adecuado durante el
desarrollo del Rodeo (mínimo 2 metros).
7. En caso del surgimiento de personas con síntomas por COVID‐19,
estas se deben aislar de inmediato. Luego de ello, se procederá de
acuerdo a la previa coordinación con el personal de salud que
obligatoriamente debe estar presente en el recinto, aplicando el
protocolo determinado por la autoridad sanitaria.
8. El recinto deberá contar con un espacio físico destinado
exclusivamente a la evaluación para personas con sintomatología
COVID‐19, que cuente con elementos de protección personal
adecuados (pecheras desechables manga larga, antiparras clínicas,
mascarillas clínicas, guantes de procedimientos y gorro clínico
desechable).
9. El recinto deberá contar con dispensadores debidamente señalizados
para la eliminación de artículos de higiene de manera segura.
10. La oficina de inscripciones de corredores contará con
elementos de higiene para uso de los mismos y deberá estar
delimitada con la señalética adecuada que asegure el
distanciamiento social efectivo en el proceso de inscripciones en
cada serie del Rodeo, sus superficies de uso deberán ser sanitizadas
frecuentemente. En el caso de ser viable y previa autorización se
implementará la inscripción electrónica.
Del personal, administrativos y de las autoridades del Rodeo
Responsabilidades y protocolos de acción durante el desarrollo de un
evento deportivo:
1. Las autoridades deportivas deberán velar por el estricto cumplimiento
del protocolo sanitario.
2. Cada Club o Asociación que efectúe un Rodeo deberá nombrar un
coordinador/supervisor (delegado sanitario) en cada recinto deportivo
encargado de la aplicación del protocolo, junto con el registro de
entrada y salida de personas. Además, deberá dar énfasis a la
educación sobre medidas preventivas relacionadas a COVID‐19. Por
último, informará al personal de aseo de las instalaciones utilizadas
para su mantención específica.
3. Las autoridades responsables son el Presidente del Club y
Asociación respectiva, el Delegado Oficial y el Capataz del Rodeo.
4. El Presidente de la Asociación deberá velar por el estricto
cumplimiento de todas las medidas sanitarias dadas a conocer por la
autoridad correspondiente.
5. El Presidente del Club deberá controlar y emitir un informe sobre el
registro de personas asistentes al Rodeo respectivo.
6. El Delegado Oficial deberá velar por el cumplimiento de las normas
sanitarias durante el desarrollo del evento deportivo.
7. El Capataz del Rodeo será responsable de la observancia de las
medidas sanitarias y/o distanciamiento deportivo durante el desarrollo
de las corridas de vacas y/o movimiento a la Rienda, y en general de
los aspectos contemplados en este protocolo al interior del recinto de
la medialuna.
8. Tanto el Jurado como el Secretario del Jurado deberán ejercer sus
funciones premunidos de sus respectivas mascarillas. Asimismo,
deberán contar en el lugar donde ejercen sus funciones con
dispositivos de higiene, como alcohol gel u otro equivalente.
9. El personal administrativo del Club o Asociación deberá desarrollar
sus funciones premunidos de mascarillas y otros elementos cuando
corresponda.
Del personal de apoyo en la gestión del evento
1. El personal que desarrolla las funciones de filmación y amplificación
del evento deberá estar premunido de sus respectivas mascarillas y
elementos de higiene. Todos sus utensilios de trabajo deberán estar
debidamente sanitizados.
2. El personal de “coleros” deberán ejercer sus funciones premunidos
de mascarillas en todo momento.
3. Los encargados de las puertas deberán estar premunidos de sus
respectivas mascarillas en todo momento.
4. El personal de mantención y aseo del recinto deberán estar
premunidos de sus respectivas mascarillas y guantes desechables.
5. Dada la obligatoriedad que ya existe de contar con una ambulacia y
personal de salud en el recinto para desarrollar nuestra actividad
deportiva, el organizador del Rodeo deberá coordinar previamente
con ellos el protocolo sanitario, la revisión del recinto y los aspectos
operativos que correspondan para dar cumplimiento al presente
instructivo.
De los corredores y sus equipos
1. Los corredores y sus equipos, antes de salir con destino a la
actividad deportiva, deberán efectuarse un lavado de manos, portar
sus utensilios sanitarios descritos en este protocolo, y deberán
sanitizar sus aperos, como también sus espuelas, botas y zapatos de
huaso.
2. Los corredores y sus equipos deberán usar en todo momento su
mascarilla personal y en caso de no contar con ella no podrán
participar en el evento ni ingresar al recinto.
3. Durante el desarrollo de las corridas de vacas, los corredores que
esperan su turno para correr, deberán mantener un distanciamiento
deportivo de al menos 2 metros al interior del ruedo.
4. Se exige el uso de las mascarillas a los corredores en todo momento
EXCLUYENDO mientras realizan su participación deportiva (corrida).
5. Será obligación de los corredores mantener un comportamiento
ejemplar y colaborativo durante todo el evento.
6. Los Petiseros deberán estar premunidos de sus respectivas
mascarillas y elementos de higiene. Los petiseros solo podrán asistir
a la medialuna para cumplir alguna función de apoyo a su equipo
cuando esté efectivamente participando.
Funcionamiento de casinos y venta de alimentos
1. Queda extrictamente prohibido el funcionamiento de casinos y la
venta de alimentos en cualquier lugar del recinto, como también otras
actividades comerciales al interior del recinto.
2. Será responsabilidad de los asistentes proveerse de sus alimentos y
bebestibles durante su permanencia en el recinto, no pudiendo
compartir los mismos. La hidratación debe ser personal y sus
envases desechables.
Sector de camiones y estacionamientos
1. El sector de camiones debe asegurar las condiciones sanitarias
óptimas para evitar contagios y mantener la salud de los
participantes. Se deberá demarcar el lugar en donde estos deben
instalarse, procurándose una distancia entre estos de a lo menos
cinco metros
2. Deberán existir las medidas de distanciamiento social y en el caso de
no contar con las condiciones sanitarias adecuadas, el Rodeo no se
podrá realizar.
3. Los estacionamientos de vehículos deberán estar demarcados y
serán utilizados a lo menos uno por medio.
Sanciones al incumplimiento de las normas del protocolo sanitario
En caso de incumplimiento a cualquier artículo de este protocolo, el socio
involucrado será derivado a la comisión disciplinaria correspondiente.
Nota Importante:
Se deja constancia que todas las sanciones estipuladas por el
reglamento disciplinario de nuestra federación, serán detalladas
posterior a la reunión entre entidades competentes (Directorio
Nacional – Comisión Suprema de Disciplina), a efectuarse el próximo
miércoles 4 de noviembre 2020, la cual será informada por conducto
regular al consejo de presidentes mediante oficio, a la brevedad.
LUIS ORDOÑEZ MORA
PRESIDENTE
LUIS ROMAN SALAZAR
SECRETARIO NACIONAL
GUSTAVO SOTO PAZ
ENCARGADO NACIONAL
PROTOCOLO COVID – 19
FENARO – CHILE
A 01 DE NOVIEMBRE 2020
Marcela Medina Adán
Comunicaciones FENARO